Funciones en España
Registro
de solicitudes por orden de entrada.
Información
y asesoramiento a las personas adoptantes por nuestros profesionales
licenciados en derecho y especializados en materia de Adopción
Internacional, sobre el proceso de adopción en el país
elegido.
Entrega
de un Contrato de Compromiso: contrato privado donde se reflejan los
derechos y deberes de cada una de las partes en el proceso, un anexo
de los costes (propios de la ECAI y propios del país de origen
del niño) y una lista de los documentos requeridos a los adoptantes.
Tramitación
de la documentación para la adopción del niño.
Legalizaciones
Notariales y Consulares de la documentación.
Remisión
de la documentación completa al país elegido.
Preparación
y orientación a las familias para el momento del viaje, coordinando
todo lo relacionado a la estancia en el país del niño.
Información
continua a la familia sobre el curso de su expediente.
Información
a la familia sobre la asignación del niño y los datos
relacionados con su historia, antecedentes, etc.
Desarrollo
del seguimiento post-adoptivo, velando por el bienestar del menor
y su familia.
Asesoramiento
a la familia por nuestros abogados, para la inscripción del
niño en el registro civil.
Funciones
en el pais de origen
Facilitar
a la familia un abogado o representante para la realización
de los trámites judiciales de la adopción.
Informar
a los interesados de su viaje y estancia en el país.
Acompañamiento
permanente a la familia en los trámites oficiales, en el país
de origen del niño, desde su llegada hasta su regreso a España
con el niño.
Asegurarnos
de que el menor cumpla todos los requisitos para
la entrada y la residencia en España, verificando que disponga
de la correspondiente sentencia judicial, eficaz en nuestro país.
Ayudar
a la familia en la gestiones de legalización y tramitación
de la sentencia de adopción y registro del menor adoptado.
Prestar
todo tipo de ayuda legal y humana a la familia durante su estancia
en el país de origen del niño.
Funciones
posteriores a la adopción
Comunicar
a la Dirección General de Bienestar Social la constitución
de la adopción, y la llegada del menor a nuestro país.
Enviar al organismo competente del país de origen del
menor, los informes de seguimiento de la adaptación del
menor a su familia, emitidos por el Departamento de Sanidad,
bienestar Social y Trabajo.
Remitir a la dirección de Bienestar Social los informes
de adaptación del menor a su nueva familia durante el
periodo de seguimiento.
Prestar servicios de apoyo al menor adoptado, y a los adoptantes,
a requerimiento de éstos.
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